El 26 de septiembre se celebra el día del empleado de comercio, pero este año, como esta fecha cae día martes se acordó pasar el feriado mercantil para el lunes. De esta manera, se espera que en todas las ciudades de la provincia con comercios cuyos trabajadores estén bajo el convenio colectivo del sector cerrarían sus puertas, salvo aquellos que sean atendidos por sus dueños.
La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) destacó en un comunicado que este festejo "en nada afecta la apertura de los comercios cuando éstos sean atendidos por sus dueños o con empleados que acepten trabajar durante esa jornada".
"Los empleados mercantiles tendrán la opción de prestar o no servicios laborales durante el lunes 25, con todos los efectos y alcances de la mencionada ley, que asimila la conmemoración a los feriados nacionales. Estos días no exigen el otorgamiento de un descanso compensatorio cuando se trabaja, sino el pago de un recargo equivalente del 100%", aclararon.
Asimismo, la entidad patronal agregó: "Si no se trabaja, el empleado tiene descanso ese día, pero su remuneración mensual no variará. Por ello, en materia de remuneración se deberá dar cumplimiento a lo establecido por las normas vigentes, no pudiéndose otorgar el día en cuestión como franco compensatorio del descanso semanal". Esto queda "a criterio de los empleadores y sus dependientes (comprendidos en el CCT 130/75), la posición a adoptar al respecto".
Por su parte, el Sindicato de Empleados de Comercio sostuvo: "Tener nuestro día es un derecho. Representa una conquista más por parte de nuestro gremio. Y no debemos remontarnos mucho tiempo atrás para encontrar el punto inicial de esta efeméride. En el año 2009, el Congreso de la Nación Argentina (...) promulgó la ley 26.541 -la cual tuvo su antecedente con la 11.729, de 1934- y devolvió a los/as mercantiles el Día del Empleado de Comercio, el cual tiene lugar cada 26 de septiembre".