Evalúan acciones judiciales por el aumento de aportes jubilatorios en Entre Ríos

La Ley 8732 da facultades al Ejecutivo para aumentar los aportes jubilatorios en Entre Ríos, pero abogados previsionalistas ponen reparos por la crisis económica.

Mediante el Decreto 1576 del 24 de junio, el Gobierno provincial empezó a avanzar con el anuncio realizado semanas atrás respecto de medidas para reducir el déficit de la Caja de Jubilaciones y Pensiones, en este caso, con el incremento en un 3% de los aportes jubilatorios a los activos y pasivos dependientes de la administración pública de Entre Ríos.

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En declaraciones al programa Amanece… que no es poco (Radio Plaza), la abogada previsionalista y presidente del Instituto de Derecho Previsional del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos, Carolina Fischbach, analizó los alcances y marco legal del decreto que establece el aumento de los aportes jubilatorios y se refirió a la posibilidad de acciones judiciales, al considerar el impacto que la medida podría tener sobre los haberes de los trabajadores en actividad y jubilados.

“Estamos analizando pormenorizadamente si reúne los requisitos para que esto no sea atacado por algún tipo de inconstitucionalidad. Porque toda norma que sale de los distintos poderes puede ser revisada por el Poder Judicial, que es el poder de contralor”, afirmó.

Lo que prevé la Ley 8.732 sobre los aporte jubilatorios en Entre Ríos

No obstante, la letrada reconoció que la propia Ley 8.732, de Jubilaciones y Pensiones, que está vigente “establece (esta posibilidad) en el artículo 12. El Poder Ejecutivo toma el artículo 12, no es que está legislando”, aclaró.

En efecto, el mencionado artículo, referido a la constitución de los recursos de la Caja, incluido dentro del capítulo V de la Ley, prevé que estos se conformarán, entre otros ingresos “con el aporte personal que se efectúe como descuento en un porcentaje que fijará el Poder ejecutivo sobre el haber jubilatorio de aquellos afiliados que accedan al beneficio de jubilación ordinaria especial o por edad avanzada, hasta tanto cumplan con los requisitos fijados en esta ley para acceder a la jubilación ordinaria común, momento en el cual cesarán dichos aportes”.

Posibles acciones

En ese marco, dado que el Decreto se encuadraría dentro de la legalidad, el criterio de una eventual acción judicial pasaría por el grado de oportunidad de la decisión en el marco de la difícil coyuntura económica: “Lo que se está evaluando desde los distintos ámbitos, tanto desde los activos como los pasivos, es si este decreto reúne las condiciones para ser o no atacado de inconstitucional. Porque aparte la situación de emergencia en la cual estamos tocar en el 3% el ingreso no es nada gracioso”.

Aunque admitió que “no es que es un descuento que va a cualquier lado, sino que va a solventar la Caja, porque no es nuevo esto de que esté en crisis”, Fischbach apuntó a cómo afectaría a activos y pasivos en este delicado contexto una reducción de su sueldo “de bolsillo”, en un 3%.

“Estamos justamente analizando y desmenuzando a ver si podemos o no interpretar un tipo de acción, sobre todo por el momento, las condiciones en que se está planteando esta situación”, explicó.

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