La Justicia decidió la revinculación de una niña con sus padres biológicos

La Sala Civil y Comercial del Superior Tribunal de Justicia (STJ) decidió la revinculación de la niña R.V. con sus padres biológicos.

La Sala Civil y Comercial del Superior Tribunal de Justicia (STJ) decidió la revinculación de la niña R.V. con sus padres biológicos. Esta es la primera vez que la Sala comunica una sentencia en persona durante una audiencia que se realizó el lunes en los Tribunales de Paraná

Las vocales Gisela Schumacher, Susana Medina y Leonardo Portela informaron a los padres que, tras un análisis exhaustivo del caso, han decidido restituirles a su hija, quien había sido declarada en situación de adoptabilidad.

La pequeña, de 4 años, había vivido en residencias del COPNAF debido a problemas graves de salud que requirieron varias operaciones. Ahora, se ha establecido un plan integral de acción para su revinculación, a cargo de organismos de protección y los Equipos Técnicos Interdisciplinarios (ETis) del Poder Judicial.


Fundamentos

“Es ilógico sostener que (R.V) debe vivir en el seno de una familia distinta a la biológica porque podría necesitar acudir a un centro de alta complejidad en caso de eventuales complicaciones en su cuadro”, indicó la vocal Schumacher.

En los argumentos de su voto por la restitución de la menor a su familia biológica, la jueza se preguntó: “¿La totalidad de niños, niñas y adolescentes de la provincia que no residen en Paraná y tienen alguna afección cardíaca deben ser arrancados/as de su familia por ese hecho? ¿Qué sucede con niños y niñas que viven en el medio rural, o en poblaciones donde ni siquiera hay un pequeño Centro de Salud? Entre Ríos es una provincia donde la distribución de la población no está concentrada en las grandes ciudades, ¿habrá que redefinir el mapa demográfico para todas aquellas familias donde haya un integrante con problemas de salud?  La respuesta negativa es obvia”.

La vocal, Susana Medina adhirió al voto de la jueza Schumacher.

Por su parte, el vocal Portela señaló que en la causa no se acreditó una situación clara de desamparo de la menor por parte de sus progenitores. Contrariamente a ello, la madre y el padre de la niña aunaron esfuerzos y demostraron su interés y capacidad en mejorar.

“De tal modo, queda en evidencia que existe, o debería existir, una autorestricción del Estado frente a la potestad parental de elegir la forma en que cada familia cría a sus hijas e hijos; ello siempre y cuando, repito, no haya motivos de peso para considerar que se coloca en riesgo a una persona vulnerable por el mero hecho de la elección de la forma de vida”, describió.

Antecedentes

En junio pasado, integrantes del Poder Judicial realizaron en el lugar diligencias probatorias en el marco de una causa en la que se debe resolver la situación jurídica de una niña que tiene declarada una medida excepcional; es decir, que se encuentra separada de sus padres y a cargo del organismo de protección de derechos (COPNAF).

Integrantes de la Sala Civil y Comercial del STJ y el defensor general, Maximiliano Benítez, concurrieron a una ciudad de la provincia y a una residencia ubicada en otra localidad. Fue para interiorizarse en forma directa sobre la causa de una niña menor de edad que padece un grave estado de salud, en la que deberán adoptar una resolución sobre su futuro. Se busca así fortalecer los vínculos con la comunidad y avanzar hacia un servicio de justicia que propicie la empatía al momento de dictar resoluciones.

Con la presencia y visita a esos lugares los integrantes de la magistratura llevaron a la práctica las diligencias probatorias, dando prioridad al trato con las personas involucradas en la causa y buscando conocer el contexto en el cual deberán resolver, más allá de lo que consta en el expediente.

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